Auto28 de octubre de 2009
A- de 2009
Ponente Humberto Antonio Sierra Porto
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Tema · dato duro
Solicitud De Nulidad Del Auto De Primero De Octubre De 2009, Mediante El Cual Se Avocó Conocimiento Del Proceso De La Referencia, Ya Que Según El Actor Se Incurrió En Un Defecto Fáctico Por No Haberse Ordenado Una Serie De Pruebas Relacionadas Con La Publicación Del Decreto 4742 De 2008 En El Diario Oficial. La Sala Considera Que La Solicitud Debe Ser Rechazada Porque La Omisión En El Decreto De Pruebas No Conduce A La Nulidad Del Auto Mediante El Cual Se Avoca El Conocimiento Del Examen De Una Ley Convocatoria A Referendo Constitucional, Ya Que Dicha Omisión Puede Ser Subsana. Denegada.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Control De Constitucionalidad De Referendo
- Solicitud de nulidad
Nulidad De Proceso De Constitucionalidad
- Procedencia sobre irregularidades que impliquen violación del debido proceso
- Carácter excepcional
- Oportunidad para solicitarla
Nulidad Auto Que Avoca Conocimiento De Examen De Ley Que Convoca A Referendo
- Omisión en el decreto de pruebas puede ser subsanada durante el trámite del control de constitucionalidad
3 temas · 5 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- En merito de lo expuesto la Sala Plena de la Corte Constitucional,
- RESUELVE:
- DENEGAR las solicitudes de nulidad presentadas por Rodrigo Lara Restrepo y Rodrigo Rodriguez Sanchez del auto mediante el cual se avoca conocimiento del proceso CRF-003.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
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Humberto Antonio Sierra Porto
Ponente
Gabriel Eduardo Mendoza Martelo
Magistrado
Jorge Ignacio Pretelt Chaljub
Magistrado
Jorge Iván Palacio Palacio
Magistrado
Juan Carlos Henao Pérez
Magistrado
Luis Ernesto Vargas Silva
Magistrado
María Victoria Calle Correa
Magistrado
Mauricio González Cuervo
Magistrado
Nilson Pinilla Pinilla
Presidente
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por2
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.